Por los razonamientos anteriores, este Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE POR LA CUANTÍA para conocer y decidir la presente causa incoada por la ciudadana ISABEL SANTANA DE ORTEGA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y portadora de la cédula de identidad No. 907.169, en contra de la ciudadana THAIS MORA NIETO, venezolana, mayor de edad, de este por Resolución de Contrato de Venta, como consecuencia, de la anterior declaratoria se DECLINA LA COMPETENCIA en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial.