PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por EXTINCIÓN DE HIPOTECA incoada por los ciudadanos HELI ENRIQUE SANTELIZ PAREDES y HELI SAUL SANTELIZ PAREDES contra la sociedad de Comercio CONSTRUCTORA INVERSIONES DOCASA, C.A., identificados al inicio.
SEGUNDO: EXTINGUIDA la hipoteca convencional de Segundo grado, que garantizaba el crédito hipotecario constituido, por un valor de QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) sobre el inmueble ubicado frente a la Calle Géminis de la Urbanización Santa Paula, Sector D del municipio Baruta del estado Miranda, a favor de la Sociedad de Comercio denominada Constructora Docasa C.A., hipoteca que se encuentra protocolizada ante la Oficina de Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del estado Miranda, inscrito en fecha 04 de enero de 1973, bajo el N° 02, Tomo 39, protocolo primero, en fecha 14 de marzo de 1972, ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Baruta del estado Miranda, con el N° 02, Tomo 39, protocolo Primero, en fech.....