Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición planteada por la Juez la ciudadana MARIELA DE JESÚS MORALES SOTO, actuando en su condición de Juez del Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, en fecha 18 de julio de 2016, para seguir conociendo del juicio que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales interpusiera la ciudadana INÉS RODRÍGUEZ en contra de la sociedad mercantil GRÁFICAS ABBA, C.A. SEGUNDO: Se ordena remitir mediante oficio librado al efecto, el expediente a la Coordinación respectiva para que, mediante distribución, se asigne.....