Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en materia de Reenvío en lo Penal, impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley:
PRIMERO: Decretar la nulidad absoluta de la audiencia oral efectuada en fechas 29 y 30 de mayo de 2012, relacionada con el Asunto AP01-S-2012-008132, así como todo los actos subsiguientes, incluyendo la apelación presentada, salvo los actos de investigación, celebrada por el Juzgado Tercero de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencia y Medidas del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en base al orden público constitucional, y a lo consagrado en el artículo 25 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación con lo previsto en el artículo 191 del Códig.....