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Decisiones del dia 03/11/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Undecimo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-F-2009-002673 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Partición Amistosa De Bienes Conyugales
Partes:
ALBERTO GONZÁLEZ GARCIENTE Y JACQUELINE ACOSTA PINTO
Resumen:
Visto lo anterior, este Tribunal una vez revisados los recaudos consignados y por cuanto la partición y liquidación de la comunidad conyugal amistosa presentada no es contraria al orden público, se le imparte su debida HOMOLOGACIÓN en los términos arriba expuestos. Líbrese copia certificada de la presente decisión y remítase anexo a oficio, a los respectivos registros, una vez que los solicitantes consignen los respectivos fotostatos.
Juez/Ponente:
Rahyza Peña Villafranca
Organo:
Juzgado Undecimo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-V-2009-002138 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
YOMBER ALEJANDRO CRESCINI PEREZ VS JUAN BAUTISTA ARAY
Resumen:
En merito a los anteriores razonamientos, este Juzgado Undecimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA PRESENTE INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 primer aparte del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 269 y 271 Ejusdem, produciendo los efectos de este último.
Juez/Ponente:
Rahyza Peña Villafranca
Organo:
Juzgado Undecimo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-F-2009-003526 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Rectificacion De Acta
Partes:
WYONMING ALEJANDRO PEÑA OLIVAR
Resumen:
En consecuencia, por ser el presente procedimiento de mero derecho, en la cual solicita de este. Asimismo y por cuanto la pretensión del solicitante no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, por ser el presente procedimiento de mero derecho, en la cual solicita de este Despacho proceda a la rectificación de la Acta de Nacimiento Nº420, folio 210, inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, correspondiente al año 1988, llevados por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital, para ello alega que en dicha Acta de Nacimiento, se incurrió en un error al colocar la cedula de identidad de su madre "...10377811 ..." siendo la correcto "...6.869.282" por lo que la corrección debe versar sobre: PRIMERO: donde dice "...10377811...", debe decir "..."6.869.282 ...".tal como prueba de la revisión de los recaud.....
Juez/Ponente:
Rahyza Peña Villafranca
Organo:
Juzgado Undecimo de Municipio
arriba

N° Expediente : AP31-S-2009-006738 N° Sentencia : Fecha: 03/11/2009
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
PERFECTO RAMON NAVAS GOMEZ
Resumen:
De la norma antes trascrita se evidencia que el órgano competente para la emisión y verificación de la titularidad sobre un vehículo automotor es el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre, por lo que mal podría esta Juzgadora señalar la existencia de un bien mueble susceptible de Publicidad Registral, cuando no se ha probado por documento fehaciente la existencia y derecho de propiedad que recae sobre el mismo. En consecuencia, este Tribunal en virtud de lo antes trascrito declara Inadmisible la presente solicitud de Titulo Supletorio presentada por le ciudadano PERFECTO RAMON NAVAS GOMEZ. Así se Decide.-
Juez/Ponente:
Rahyza Peña Villafranca
Organo:
Juzgado Undecimo de Municipio
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