En mérito de las razones expuestas, este Juez Unipersonal XII del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL REGIMEN DE VISITAS (hoy Régimen de Convivencia Familiar), incoado por el ciudadano GREGORY RONALD SANCHEZ NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-14.595.398, en favor del niño