DECISION
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, intentada los ciudadanos, YENIFER VANESA FONTALVO MORENO y ASDRUBAL NEGRETTE, mayores de edad y titulares de las cedula de identidad Nros. V- 16.554.240 y V.-16.869.897, como consecuencia de ello, se declara: Disuelto el vinculo Matrimonial que los unió, contraídos por ellos, en fecha 20 de noviembre de 2010, por ante el Registro Municipal de la Parroquia Petare Municipio Sucre del Estado Miranda, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio distinguida con el Nº 701.
Notifíquese al Registro Municipal de la Parroquia Petare Municipio Sucre del Estado Miranda, y al Registro Principal del Estado Miranda. .....