este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de Mediación, le imparte la HOMOLOGACION a dicho acuerdo, cuyo monto total fue por BOLÍVARES UN SETENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs.70.645,51); y comprende de acuerdo al contenido de la transacción y la audiencia celebrada por el Tribunal, los siguientes conceptos: prestación de antigüedad; utilidades; vacaciones no disfrutadas; bono vacacional no pagado; vacaciones fraccionadas; bono vacacional fraccionado; intereses sobre prestaciones sociales y demás conceptos demandados, y del mismo expediente se evidencia el instrumento valor (cheque) mediante el cual se dio cumplimiento a la obligación, el cual fue girado a favor del Trabajador, contra Banco Exterior Banco Universal, cheque Nº02320286, de fecha 26 de noviembre de 2015; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º.....