Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este juzgado declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSE RAFAEL HEREDIA BACCO e INGRID DEL CARMEN PEREZ CALDERA, el 7 de diciembre de 1984, ante la Prefectura Civil del Distrito Simón Bolívar, Municipio San Francisco de Yare, Estado Miranda, asentado bajo el Acta Nº 44, en los Libros de Registro Civil de matrimonios llevados durante el año 1984 por ese Despacho.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registro Civil del Municipio San Francisco de Yare, Estado Miranda, al Registro Principal Civil del Estado Miranda, con sede en Los Teques; así como a la Oficina Regional de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (CNE), del Estado Miranda, anexo a copia certificada de la presente decisión, una vez que sea declarada definitivamente firme, o.....