Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio, intentada por los ciudadanos DOUGLAS JOSE VARGAS MARTINEZ y ADRIANA CONCEPCION JIMENEZ, ampliamente identificados en autos, fundamentada en el Artículo 185-A, del Código Civil y en consecuencia, DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha ocho (08) de junio del año mil novecientos ochenta y nueve (1989), ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle, Municipio Libertador del Distrito Capital, según Acta Nº 191, expedida por la misma autoridad en la fecha antes señalada.