el Tribunal le da entrada y acuerda anotarlo en los libros de causa respectivos llevados por ante este Juzgado y la ADMITE por cuanto ha lugar en derecho, por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia se ordena la Intimación de La Sociedad Mercantil L.V. INGENIEROS C.A, inscrita ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del Estado Miranda de fecha 06 de Junio de 1981, bajo el Nº 70, Tomo 41-A, en la persona de su director Presidente y representante legal ciudadano ANGEL LEONARDO VIÑA SALEH, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.942.318, a fin de que comparezca por ante este Juzgado DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES A LA CONSTANCIA EN AUTOS DE SU INTIMACIÓN, entre las horas destinadas para de.....