DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 19-05-2015, por la profesional del derecho YUSLEILY LAGUNA LAGUNA en su carácter de Defensora Pública Novena (9°) Penal, actuando en defensa de los ciudadanos ADRIANA PATRICIA CHASI POSSO, RICHARD ALBERTO OCHOA ZUYICAR, KENDER ENRIQUE AZOCAR FUENTES y KALLY DE LOS ANGELES CORONA, conforme a lo establecido en el artículo 439 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del auto de fundamentación de fecha 14 de mayo de 2015, por el Juzgado Sexto (6°) en funciones de Control Municipal de este Circuito Judicial Penal, en razón de la medida cautelar sustitutiva de libertad establecidas.....