-III-
Sobre la base de las anteriores consideraciones, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Improcedente la oposición al decreto de la medida de secuestro formulada por la ciudadana Weimei Zhen, china, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº E-82.292.855, asistida por el abogado Nelson Henry Sosa Albornoz, inscrito en el Inpreabogado bajo la matrícula nº 146.246. Se confirma del decreto de fecha 14 de julio de 2022.
Segundo: Se condena en costas de la incidencia a la parte demandada, conforme lo previsto en el artículo 274 del código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias correspondiente, por aplicación analógica de los artículos 247 y 248 eiusdem.
Dada, firmada y .....