Se dictó decisión mediante la cual se admitió las pruebas documentales y testimoniales promovidas en fecha 30 de octubre de 2014, Asimismo, se fijó al sexto (6to.) día de despacho siguiente al presente auto a las 09:00 a.m., a las 09:30 a.m., y a las 10:00 a.m. de la mañana, a fin de que tenga lugar la declaración de los ciudadanos Maria Lucinda Cabral De Fernandez, Abelkis Naligues Delgado González y Gavina Serrano y al séptimo (7mo) día de despacho siguiente al presente auto, a las 09:00 a.m., a las 09:30 a.m., y a las 10:00 a.m. de la mañana, a fin de que tenga lugar la declaración de los ciudadanos Rafael Antonio Cabrera Guzmán y Norelis Milagros Piñango.