DISPOSITIVO
De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO que intentara la ciudadana OLGA D´ONOFRIO DE CAIAZZO en contra de la ciudadana EVELIN CRISTINA BORGES PARRA, ya identificados al inicio de este fallo, en consecuencia se condena a la parte demandante al pago de las costas por haber resultado vencida en el presente juicio de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento civil.
-PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE -