DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologada la Transacción presentada en fecha 03 de julio del 2006, suscrita entre la ciudadana EDITH GRISEL ESCOBAR JARA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 5.521.214 parte demandada, debidamente asistida por la abogado MARIA ALEJANDRA SALAZAR NOGUERA inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 70.797, y la abogado LAURA PIUZZI, inscrita e el Inpreabogado bajo el N° 22.738, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano MARIO APICELLA RUSSO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.162.635, parte actora en el presente juicio, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO.....