Esta Juez Unipersonal XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA las siguientes Medidas Cautelares Preventivas:
PRIMERO: Se DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por un apartamento distinguido con el N° E-6 piso 2 del Bloque 18 de la Urbanización Urdaneta, Parroquia Sucre, Municipio Libertador, Distrito Federal (hoy Distrito Capital), Caracas, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan en el documento de condominio protocolizado por ante el Registro Subalterno del Primer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal, el día 28 de octubre de 1958 y anotado bajo el No. 6, folios 22, Protocolo Primero, Tomo 7. El inmueble tiene una superficie de cincu.....