Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación formulado por el apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión publicada, en fecha 19 de diciembre de 2007, por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano EUCLIDE RAFAEL MORENO en contra del ciudadano EMILIO ANTONIO FARIA GARCIA, motivo por el cual se condena a ésta última a cancelar a la parte actora la cantidad total de Bs. CIENTO NUEVE MILLONES DOSCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 109.221.850,OO), por concepto de indemnizaciones por accidente de tra.....