Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la oposición a la ejecución de la hipoteca mobiliaria ventilada en este juicio y en consecuencia, IMPROCEDENTE la suspensión del procedimiento.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior, se declara CON LUGAR la demanda que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA MOBILIARIA intentó el FONDO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, PESQUERO, FORESTAL Y AFINES (FONDAFA), contra el ciudadano JOSÉ ELIAS OLIVARES, y FIRME el decreto intimatorio de fecha 03 de julio de 2007.
TERCERO: Se condena a la parte accionada JOSÉ ELIAS OLIVARES, a pagar a la parte accionante FONDO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, PESQUERO, FORESTAL Y AFINES (FONDAFA), ambas partes inicialmente identificadas, las cantidades dinerarias siguientes:
A) CUARENTA Y UN MILLONES CIENTO NOVENTA MIL SEISCIENTOS SE.....