Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre de los ciudadanos GISELLE MARGARITA LACOUR DE MORALES y LEONARDO MORALES DIAZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.971.241 y V-12.260.123, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 09 de octubre de 2009 por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Francisco Antolin del Campo del Estado Nueva Esparta, según consta de Acta de Matrimonio Nº 106, del libro de matrimonios correspondientes al año 2009.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondie.....