DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Vigésimo Cuarto de Primera Instancia en función de Control, del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, NIEGA, la solicitud interpuesta por la Fiscalía 48° del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en el sentido que se decrete orden de captura en contra del ciudadano JOSE SANTIAGO GOMEZ, al no encontrarse satisfechos los extremos legales dispuestos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación al 253 eiusdem.