DISPOSITIVA
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos en Divorcio, presentada por los ciudadanos JAVIER ENRIQUE SOSA POZO y ANGELICA MARIA BOLIVAR CANACHE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 11.049.290 y 15.178.001, respectivamente, y consecuencialmente DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos el día 17 de Diciembre de 2007, por ante el Registro Civil del Municipio Sucre del Estado Miranda, tal y como se evidencia de acta de Matrimonio Numero 547; libro del año 2007.-
Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria en costas.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia de la presente decisión.-