Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 18 de octubre de 2011, por la abogado MARY MOSCHIANO, en su carácter de apoderada judicial de la parte agraviante CREATIVIDAD & MEDIA, C.A. contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de octubre de 2011. SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana YILIBEL SADAMARY SILVA DÍAZ, en contra de la parte agraviante CREATIVIDAD & MEDIA, C.A., por el desacato de la Providencia Administrativa, signada con el No. 551-10 dictada por el Inspector del Trabajo en el .....