Por las razones antes expuestas esta Sala de Juicio Novena del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la Conversión en Divorcio de dicha Separación de Cuerpos y Bienes. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos SANIA DEL VALLE ARROYO TORO y RICHARD MILIAN CORREA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad N° V-13.337.727 y N° 8.283.233, respectivamente, celebrado el día 26 de octubre de 2001, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Pedro, del Municipio Libertador, Distrito Capital, según consta en Acta Nº 81.-
Declararon los solicitantes que procrearon una (1) hija que lleva por nombre (...), de (...) años de edad.
Asimismo, ambos progenit.....