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Decisiones del dia 09/05/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Decimo Octavo de Municipio
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : AP31-S-2011-001325 N° Sentencia : Fecha: 09/05/2011
Procedimiento:
Divorcio (185-A)
Partes:
SOLICITANTES: CIUDADANOS MARIA ALEJANDRA BELLO GUERRERO Y HENRY ALFONSO MONTAÑEZ PASTOR, QUIENES SON DE NACIONALIDAD VENEZOLANA, MAYORES DE EDAD, DE ESTE DOMICILIO, CÓNYUGES, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-5.307.989 Y V-6.823.864-, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Ahora bien, vista la manifestación de ambos cónyuges, y encontrándose como alegan separados de hecho desde el día 06 de mayo del 2004, este tribunal considera que se ha verificado el supuesto de hecho establecido en la norma supra mencionada, por lo que no teniendo nada que objetar la fiscal del Ministerio Publico, resulta procedente la disolución del vinculo matrimonial y así se decide. -III- DECISIÓN Atendiendo a todo lo expuesto por éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARIA ALEJANDRA BELLO GUERRERO y HENRY ALFONSO MONTAÑEZ PASTOR, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.307.989 y V-6.823.864, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Liberta.....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-S-2011-003789 N° Sentencia : Fecha: 09/05/2011
Procedimiento:
Autorizacion
Partes:
SOLICITANTE (S): NILSO REBOLLEDO LUCES, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, PORTADOR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N°V- 2.250.610, DE ESTADO CIVIL VIUDO, DE ESTE DOMICILIO, ASISTIDO POR EL DOCTOR ISMAEL SILVESTRE CASQUETIA CÓRDOVA, ABOGADO EN EJERCICIO, DE ESTE DOMICILIO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V- 3.883.373, DEBIDAMENTE INSCRITO EN EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DEL ABOGADO BAJO EL N° 60.894.
Resumen:
Por cuanto el Tribunal observa, que lo pretendido por el solicitante, es el otorgamiento de una autorización para retirar del Banco Venezolano de Crédito, la cuota parte que me corresponde de las acciones clase "C", de la COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), dejada por su cónyuge MARSHA DIAZ DE REBOLLEDO, venezolana, mayor de edad, quien fuera titular de la Cédula de Identidad N° V- 827.425, toda vez, que en dicha Institución Bancaria, le informaron, que presuntamente existen dos (2) hermanos de la causante, en tal sentido, se debe señalar, que cuando no haya acuerdo entre los herederos por los bienes dejados por su causante, el Código de Procedimiento Civil, establece en los artículos que van del 777 al 787, el procedimiento de partición contencioso, en tal sentido, y en vista de la situación planteada, el Tribunal considera improcedente otorgar la autorización solicitada, toda vez, que existe un procedimiento judicial para la partición de bienes, .....
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente : AP31-V-2011-000084 N° Sentencia : Fecha: 09/05/2011
Procedimiento:
Resoluciòn Contrato Arrendamiento
Partes:
DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL ANCOR COSMETICS, C.A, INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL SEGUNDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DISTRITO FEDERAL Y ESTADO MIRANDA, EN FECHA 20/02/1976, BAJO EL NO. 34, TOMO 8-A SGDO; REPRESENTADA JUDICIALMENTE POR LOS ABOGADOS CARLOS ALBERTO BRAVO HEVIA, FELIX ANTONIO BRAVO MAYOL Y FELIX ENRIQUE BRAVO HEVIA, INSCRITOS EN EL INPREABOGADO BAJO LOS NROS. 139.987, 19.883 Y 80.000, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Con fundamento a las anteriores consideraciones este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCIÓN BREVE DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo dispuesto en el numeral primero del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 269 Ejusdem, produciéndose en consecuencia, los efectos indicados en el artículo 271 ibidem. Dada la naturaleza del presente fallo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay especial condenatoria en costas. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE la presente decisión. Dada, firmada y sellada en Caracas, a los (09) días del mes de Mayo del año 2011. Años: 201° y 152°
Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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