-III -
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana¬ de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que, por COBRO DE BOLIVARES, incoara ante este Juzgado el ciudadano ANTONIO MARQUEZ DA FONSECA, contra el ciudadano JOSÉ MATOS TAVARES, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo. En consecuencia: 1º Se condena a la parte demandada, ciudadano JOSÉ MATOS TAVARES, portador de la cédula de identidad No. 11.310.833, a pagarle a la parte actora la cantidad de VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo), de los vigentes actualmente, por concepto del capital demandado en la letra de cambio. 2º Se condena a la parte demandada a pagarle a la parte actora la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 1.249,95), por concepto de intereses de mora calculados a .....