Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCIÓN intentado por la ciudadana MANUELA GUADALUPE MEZA BERMELLO venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-22.750.557 contra el ciudadano EDRAS MIGUEL PARIATA AMUNDARAIN venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 14.046.736, a favor de su hija, el adolescente, a tal efecto, este Órgano Jurisdiccional dispone:
PRIMERO: Se establece como quantum de manutención mensual, a cancelar por el obligado, ciudadano EDRAS MIGUEL PARIATA AMUNDARAIN, antes identificado la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON 00/100 cts., (Bs. 1......