A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la demanda que por DESALOJO sigue el ciudadano OMAR JOSE OVALLES FALCON contra el ciudadano LUIS PÉREZ. En consecuencia, se declaró extinguido el contrato arrendaticio celebrado verbalmente por las partes, por lo que se condena a la parte demandada a entregar a la actora el inmueble constituido por un LOCAL COMERCIAL, destinado a oficina que forma parte del inmueble ubicado en las Residencias "Llaeco", identificado con el No. 14 del Módulo C, avenida Ciudad Universitaria cruce con calle Codazzi, urbanización Los Chaguaramos, planta semi sótano de bloque distinguido con letra "C", al pago de la suma de Dos Mil Quinientos Bolívares (Bs. 2.500,oo), correspondiente a la suma dejada de pagar por concepto de cánones arrendaticios, así como los que se sigan generando hasta la fecha en que quede firme el presente fallo; y al pago de las costas procesales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 274 eiusdem.