PRIMERO: CON LUGAR la impugnación interpuesta por la parte actora ciudadano EDEN ANTONIO BARRIENTOS PETIT, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y portador de la cédula de identidad V-6.940.770, contra la experticia complementaria del fallo de fecha 19 de marzo de 2014, realizada por el Lic. Cosme Parra en el presente asunto.
SEGUNDO: SE REVISA a petición de parte, el cálculo de la experticia consignada por el Lic. Cosme Parra, en fecha 19 de marzo de 2014, por lo que la demandada deberá cancelar la cantidad de DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON SETENTA Y UN CÈNTIMOS (Bs. 233.577,71), a la parte actora EDEN ANTONIO BARRIENTOS PETIT, antes identificado, por los conceptos condenados en el presente asunto, según lo determinado en la presente decisión.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber sido vencida en la presente incidencia, la cual deberá pagar además los honorarios de los expertos designados.
QUINTO: SE ORDENA la notificaci.....