Se dictó sentencia interlocutoria mediante el cual, este Juzgado declaró con lugar la solicitud de aclaratoria efectuada por la abogada Olymar Zurita, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte actora, ciudadana Elga Alicia Cristina Meléndez, sobre el fallo de fecha 06 de Agosto de 2015; por lo que donde se indicó que la ciudadana Elga Alicia Cristina Meléndez, es titular de la cédula de identidad Nº V- 5.889.129, debe leerse ciudadana ELGA ALICIA CRISTINA MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.734.221, que es como corresponde.