Este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por el ciudadano MARIO LUIS PONCE CALVO y MARIA ALEJANDRA SEYMOUR CARRASQUERO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.689.292 y V-17.285.234, respectivamente.SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos MARIO LUIS PONCE CALVO y MARIA ALEJANDRA SEYMOUR CARRASQUERO, el 14 de noviembre de 2009, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Cafetal, Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, consignando a tales efectos copia certificada del acta Nº 171, del año 2009.