declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el recurso de nulidad interpuesto por la abogada AMÉRICA RENDÓN MATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 4.262, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos LUIS ENRIQUE NIEVES CALANCHE, ARNALDO AMADO RODRIGUEZ, MANUEL VELO GIAO, JOSÉ SALOMÓN SÁNCHEZ MOGOLLÓN, MANUEL JOSÉ DE JESÚS GARCÍA INCHAUSTEGUI y ANGEL SALOMÓN SÁNCHEZ BANARD, portadores de las cédulas de identidad Nros. 3.968.262, 6.151.072, 6.284.132, 46.434, 1.685.950 y 4.356.144 respectivamente, en su carácter de arrendatarios de los apartamentos 13, 15, 10, 4, 9 y 6-A respectivamente, del inmueble identificado como Edificio "MAJESTIC", ubicado en la Avenida Lago de Valencia, Urbanización Cumbres de Curumo, Municipio Sucre del Estado Miranda, contra el acto administrativo contentivo de la Resolución Nro. 004961, de fecha 31 de mayo de 2002, emanado de la Dirección General de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura.