Se admitió la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES incoada por la sociedad mercantil TEGAVEN, TEIXEIRA DUARTE Y ASOCIADOS, C.A., contra las sociedades mercantiles CONSTRUCTORA FENELÓN, C.A., y EUROFIANZAS, S.A. En consecuencia, se ordenó emplazar a ambas empresas en la personas de sus representantes legales, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los Veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de la ultima citación se haga, mas cuatro (04) días que se le concedió como término de la distancia a la empresa CONSTRUCTORA FENELÓN, C.A., dentro del horario de despacho, comprendido de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., para que den contestación a la demanda.