Por recibida y vista la anterior demanda de Cumplimiento de Contrato de Opción de Compra Venta y los recaudos acompañados a la misma, incoada por el abogado Tomas Antonio Perez, inscrito en el inpreabogado bajo el número 45.397, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Angel Manuel Hernández Medina y Crisbel Josefina Álvarez Benavides, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 13.735.603 y 6.328.453, respectivamente, el Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 338 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ordena el emplazamiento de la parte demandada, ciudadanos Arturo Luis Valero Martínez y elsi lulú Perez de Valero, venezolanos, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad números 613.191 y 2.110.483, respectivamente, para que comparezcan p.....