Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos BEATRIZ GENOVEVA TUÑEZ JIMENEZ Y LUIS ANGEL RANGEL ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V-6.906.861 Y V-7.998.196, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 22 de diciembre de 1995, por ante el Primera Autoridad Civil del Municipio Plaza del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 155, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1995.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades cor.....