Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede de Familia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos NANCY BEATRIZ GARCIA DE VILLARROEL y LORENZO RAFAEL VILLARROEL DOMINGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-4.164.462 y V-3.334.182, respectivamente, fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unió contraído, en fecha 13 de Diciembre de 1.975, que contrajeron por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, del Municipio Libertador, Distrito Capital, según acta N° 732, folio 232 y vto.