por lo que este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 de su Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se ordena expedir por la secretaría del Tribunal UN (1) juego de copia certificada del escrito de transacción inserto a los folios 14 al 18, y TRES (3) juegos de copias certificadas del presente auto, UNA (1) solicitada por la parte Oferente Sociedad Mercantil NOVARTIS DE VENEZUELA, S.A., para lo cual se insta a su representante judicial a consignar los fotostatos a los fines de su certificación, y dos (2) para el Tribunal, ello de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley Orgánica del Trabajo.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA
JOANNA CAPUANO