DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Vigésima Primera en lo Penal, Abg. Belkis Villegas, en su carácter de defensora de los imputados de autos JUAN CRISTOBAL VALERA URBINA y ADOLFO GÓMEZ SALGADO, en contra del auto dictado en fecha 7 de marzo de 2007, por el Juzgado Cuadragésimo Sexto de Primera Instancia en funciones de control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual niega la solicitud hecha por la defensa, en el sentido que se realice la audiencia a que se contrae el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 447 numeral 5 y 450, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese y publíquese la presente admisión.
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