DISPOSITIVA
Por las razones que preceden, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Dra. MARBELLA DE TESCARI, Defensora Pública 12° Penal (E), en su carácter de defensora del ciudadano OSORIO NOGUERA BRAYAN OSWALDO, con fundamento en el artículo 452 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la Sentencia Definitiva, dictada en fecha 23 de Mayo de 2006, por el Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Dra. MARÍA LOURDES FRAGACHAN B., mediante la cual Condenó al prenombrado ciudadano, a cumplir una pena de seis (6) Años de presidio, por la comisión del delito de ROBO IMPROPIO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 456, todos del Código Penal, en .....