Esta Juez Unipersonal XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de NULIDAD presentada por la ciudadana MARIANA PALOMARES MORALES, en su carácter de Fiscal Nonagésima Sexta (96°) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, actuando en resguardo del interés superior de la adolescente XXXX, del matrimonio contraído por la adolescente antes mencionada con el ciudadano ANTONIO JOSE RAMIREZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº V-5.125.568, de conformidad con lo establecido en los artículos 46, 49 y 53 en concordancia con el artículo 120 del Código Civil. En consecuencia, y por efecto del fallo, se declara la nulidad absoluta del matrimonio contraído por la adolesc.....