Esta Corte Accidental de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con Competencia en Reenvío en lo Penal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Declara DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado JAVIER IRANZO HEINZ, en su carácter de Defensor Privado, del ciudadano JORGE LUIS VAN DEN BUSSCHE, en contra de la sentencia dictada en fecha 21 de julio de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Violencia Contra la Mujer de este Circuito Judicial Penal que, DECLARO SIN LUGAR la solicitud de NULIDAD, interpuesta por el Defensor de autos, en el acto de la Audiencia Preliminar, todo ello de conformidad con el artículo 440 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese, déjese copia de la pre.....