Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara y ordena:
PRIMERO: Se HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada entre el abogado MARIO BRANDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 119.059, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. BIENES Y RAÍCES INMOBILIARIA MALIMA, el abogado GUILLERMO GORRIN FALCÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 24.788, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil SERVIAUTO INTEGRAL KAIZEN, C.A y el abogado JOSÉ GREGORIO ARVELO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 53.925, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CORPORACIÓN AUTOMOTRIZ SAN IGNACIO.-
SEGUNDO: Se HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada entre la sociedad mer.....