III
Por fuerza de los anteriores razonamientos, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la acción por desalojo intentada por la Sociedad Mercantil INVERSIONES 2T, C. A., domiciliada en Barquisimeto, Estado Lara, Inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha treinta (30) de abril de dos mil uno (2001), bajo el Nº 66, Folio 321, Tomo 15-A., en contra del ciudadano JESÚS ENCARNACIÓN HERRERA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V.-10.131.694, en fecha siete (07) de diciembre de dos mil nueve (2009).
En consecuencia, se condena a la parte demandada a:
PRIMERO: El desalojo del inmueble objeto del contrato de arrendamiento constituido por el apartamento Nº 24, ubicado en el piso 2 del edificio denominado "Residencias Mina.....