Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión dictada en fecha 11 de mayo de 2009, por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de esta Circunscripción Judicial, y en consecuencia INADMISIBLE la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoara DOMENICO SCIRE ERRANTE, contra la Sociedad Mercantil CALIDAD INYECTION 2013, C.A.
Queda así revocada la decisión apelada.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en este juicio.
Publíquese, regístrese, déjese copia, y una vez cumplidas con las presentes formalidades remítase.....