Decisiones del dia 12/11/2008
N° Expediente :
AP51-S-2008-012749
N° Sentencia :
PJ0292008001219
Fecha: 12/11/2008
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: MAGALY DEL VALLE LINARES MORILLO Y JAIRO SULBARAN GALVIS, AMBOS VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-10.117.880 Y V-9.991.039, RESPECTIVAMENTE
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 14 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, incoada por los ciudadanos MAGALY DEL VALLE LINARES MORILLO y JAIRO SULBARAN GALVIS, ambos venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.117.880 y V-9.991.039, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron en fecha que contrajeron Matrimonio Civil en fecha 18 de junio de 1986, por ante el Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Municipio Libertador del Distrito Capital, cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del año 1986, bajo Acta N° 339.
Dando cumplimiento a lo estab.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2008-015366
N° Sentencia :
Fecha: 12/11/2008
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: ELIOMAR ARIAS ARTIGAS Y DOLORES NAYARIT MATOS ORDAZ
Resumen:
Es por lo que esta Juez Ponente número IX del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ELIOMAR ARIAS ARTIGAS y DOLORES NAYARIT MATOS ORDAZ, plenamente identificados a los autos, conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, el cual fue contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero, el día 27 de mayo del año 1992, ASÍ SE DECIDE.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 351 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la PATRIA POTESTAD de (...), será ejercida por ambos padres, mientras que la RESPONSABILIDAD DE CRIANZA, será ejercida por la madre, ciudadana DOLORES NAYARIT MATOS ORDAZ.
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Juez/Ponente:
Nuryvel Antonieta Peña González
Organo:
Sala Noveno de Juicio de Protección del Niño y Adolescente