En merito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar y Medida de Suspensión de Efectos, por el Abogado ALEJANDRO JOSÉ MANRIQUE GIMÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 91.282, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil L.L. TOURS, C.A., domiciliada en la ciudad de Caracas, inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, el día 25 de Mayo de 1981, bajo el Nº 52, Tomo 38-A, Sgdo, modificados sus estatutos mediante Acta de Asamblea General celebrada en fecha 07 de Junio de 1999, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 14 de julio de 1981,.....