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Decisiones del dia 13/02/2008 |
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N° Expediente :
AP31-V-2007-001189
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/02/2008 |
Procedimiento: Desalojo |
Partes: REGINA KAUAM GAMBATTI CONTRA ROSALBA SURMAY DE TAMAO |
Resumen:
Para resolver el Tribunal observa que desde el 06 de Junio de 2.007, fecha en la cual la ciudadana ROSALBA SURMAY DE TAMAYO, codemandada en este proceso, quedó personalmente citada conforme a la previsiones del Código de Procedimiento Civil para la contestación de la demanda, hasta el 15 de Enero del año en curso, transcurrieron más de 60 días de despacho, sin haberse practicado hasta esa fecha la citación de los otros codemandados, razón por la cual este Tribunal, a los fines de lograr la estabilidad de las partes y el cumplimiento del debido proceso consagrado en los artículos 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a tenor de lo establecido en el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, considera que lo procedente en este caso es declarar que se ha verificado el decaimiento de la citación de la parte demandada por lo que la citación verificada el 06 de Junio de 2.007 de la codemandada ciudadana ROSALBA SURMAY DE TAMAYO se debe dejar sin efecto. .....
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Juez/Ponente:
María del Carmen Garcia
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Organo:
Juzgado Vigesimo Primero de Municipio
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N° Expediente :
AP31-V-2008-000273
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/02/2008 |
Procedimiento: Desalojo |
Partes: DEMANDANTE:LA CIUDADANA MARIA CAMPOS SILVA DEMANDADO:LA CIUDADANA LOURDES HERNANDEZ PAYARA |
Resumen:
En criterio de la Sala, la sentencia que fue impugnada no debió desestimar el escrito de pruebas de la demandada con fundamento en que no se demostró la contrariedad a derecho de la demanda, sino que se opusieron excepciones y defensas, cuando lo ajustado a derecho era declarar que la acción que incoó por el demandante sí era contraria a derecho, por cuanto la misma no encuentra ningún apoyo en el ordenamiento jurídico, toda vez que no existe la demanda de cumplimiento de contrato de arrendamiento, cuando el mismo es a tiempo indeterminado. En efecto, la acción escogida por el demandante no resultaba idónea para su pretensión, en razón de la naturaleza jurídica del contrato, pues al ser éste a tiempo indeterminado lo procedente era intentar una acción de desalojo y no una acción de cumplimiento de contrato.......En el caso de autos, se encuentra que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,.....
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Juez/Ponente:
Lorelis Sanchez
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Organo:
Juzgado Decimo Octavo de Municipio
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N° Expediente :
2444-07
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/02/2008 |
Procedimiento: Desalojo |
Partes: ALCIDES ALEJANDRO LEZAMA VS HERNANDO RAFAEL GALINDO OSPINO |
Resumen:
"...este JUZGADO SÉPTIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en cumplimiento de la misión que le fuera conferida por el JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, procede hacer la ENTREGA MATERIAL del inmueble constituido por la “Tercera planta de una casa ubicada en el Barrio José Félix Rivas identificada con el Nº 74, Zona 7, Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Miranda, Caracas” y, procede a colocarlo en posesión de la parte actora, representada en este acto por su apoderado judicial ORLANDO ALVAREZ, antes identificado, quien estando presente acepta y recibe el inmueble antes identificado, a su plena conformidad, así como las llaves que dan acceso al inmueble..."
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Juez/Ponente:
Milena Marquez
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Organo:
Juzgado de Municipio Septimo Ejecutor de Medidas
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N° Expediente :
2073
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N° Sentencia :
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Fecha: 13/02/2008 |
Procedimiento: Cobro De Bolivares Via Ejecutiva |
Partes: ADMINISTRADORA J.F.G., C.A. CONTRA LUIS GONZALEZ CISNEROS Y NANCY IBARRA ISTURRIAGA |
Resumen:
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y los fundamentos de derecho antes expuestos, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 267, Numeral 3°, en concordancia con lo establecido en el artículo 269 ambos del Código de Procedimiento Civil, con la consecuencia establecida en el artículo 271 eiusdem, es decir, que no podrá intentarse de nuevo la demanda antes de que transcurran Noventa (90) días continuos después de verificada la perención.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los trece (13) días del mes de Febrero del año dos mil ocho (2008). .....
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Juez/Ponente:
Juan Carlos Varela Ramos
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Organo:
Juzgado Decimo Cuarto de Municipio
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