En consecuencia, este Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena en forma SUMARIA a la Autoridad Civil correspondiente proceder a la rectificación del error que se evidencia en el acta asentada por ante La Jefatura Civil de La Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital, inserta bajo el Nº 477, folio numero 254, del Libro de Registro Civil de Nacimientos del año 1.966, a fin de que en esa Partida de Nacimiento se corrija el siguiente error: Nombre de la ciudadana Elba Peña de Herrera, madre de la solicitante en autos, rectificarlo y en su lugar colocar "Tomasa Elba Peña de Herrera", que es el nombre correcto de la referida ciudadana.