Revisadas como han sido las actas procesales, en el juicio que por Cobro de Prestaciones sociales y otros conceptos laborales, incoare el ciudadano FÉLIX RAMÓN HERNÁNDEZ RIVERO, cédula de identidad NºV-14.788.820, representada por su apoderado judicial abogado abogada NELSON ENRIQUE RODRÍGUEZ ARAQUE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°114.078, acreditación que consta a los autos; en contra de la entidad de trabajo ENI VENEZUELA B.V., y WSO-SECURITY VENEZUELA C.A., representada por su apoderado judicial, abogado SEBASTIÁN NASTARI TORRES, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº139.521 y la abogada LORENA MONTOYA VERDU, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº74.134, acreditación que consta en autos; ambos apoderados judiciales con facultad expresa para transigir, y disponer del derecho en litigio de acuerdo al instrumento poder que consta a los autos; y con vista al escrito transaccional presentado por éstos en fecha 12 de agosto de 2025, este Tribunal que conoce en fase de sustanciació.....