En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos LUIS ENRIQUE TORRES e YORLOYS MILAGROS BERMUDEZ ESCALANTE. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído el 21 de agosto de 1986, ante la Jefatura Civil de la Parroquia 23 de Enero, Departamento Libertador del Distrito Federal, hoy Municipio Libertador del Distrito Capital.